Glosario
Cargos Adicionales (También llamados “Cargos Accesoriales”): Cualquier cargo que se realice por ejecutar servicios adicionales al transporte de la mercancía, como la recolección y entrega, la entrega interna, la paletización, empaque, carga de camión, gastos aduanales extras o cargos por almacenaje, etc.
Consolidador Aéreo: Un consolidador aéreo provee servicios de recolección y entrega bajo su propia tarifa. Consolida embarques para generar un mayor volumen, prepara la documentación para el embarque y contacta a las aerolíneas. Los consolidadores aéreos, por lo general, no operan su propio equipo y regularmente son llamados “Transportistas aéreos indirectos”. Las aerolíneas consideran al consolidador como el embarcador, ya que Éste es el que las contacta directamente.
Número de Seguimiento (BOL & Bill of Lading): Este documento es un contrato que cumple con tres funciones principalmente: (1) Es un recibo de la mercancía entregada al transportista para el embarque; (2) Mantiene una definición o descripción de los artículos; y (3) es una evidencia del título de los bienes, si este es “Negociable”.
Almacén de Tránsito: Centro de consolidación y distribución de la mercancía.
Agente cartage (Agente de Entrega o Recolección Local): Transportista que realiza labores de recolección y entrega en zonas donde Space Logistics no entrega o recolecta directamente.
Cargamento en posesión del Agente Cartage: Los Agentes cartage emplean su propia documentación durante la transportación del embarque. La información sobre el contacto aparecerá en nuestro sistema de rastreo.
Reclamación: Es un documento que se interpone ante la compañía transportista para reclamar el pago de mercancía perdida o dañada durante el periodo en que esta estuvo en posesión del transportista. Bajo los términos y condiciones del “Uniform Bill of Lading”, toda reclamación deberá efectuarse en un plazo no mayor a 9 meses.
Reclamación por cargos excesivos: Esta reclamación se efectúa para pedir un reembolso en caso que las tarifas hayan sido aplicadas erróneamente, al igual que el peso y estimaciones de fletes.
Mercancía: Cualquier artículo con el que se comercie. Bienes enviados.
Consignatario: Se le llama a la persona o lugar donde un embarque será entregado (destino final); el individuo u organización a quien se dirige el envío.
Recibo de entrega (POD, Proof of delivery): Documento fechado y firmado por el consignatario, o su agente, al momento de la entrega del embarque. En este documento se especifica el estado de la mercancía entregada. Dicho recibo se entrega al chofer para ser guardado en la terminal como prueba de entrega. El cliente o consignatario se queda con una copia.
Ocupación Efectiva: Los términos “Ocupación Efectiva” o “Cubicaje Efectivo” y términos similares, se refieren al espacio requerido para transportar un embarque. La Ocupación Efectiva de un embarque puede incluir cualquier espacio que no sea usado en el mismo equipo de transporte, lo cual es determinado por la compañía transportista cuando, por alguna razón, dicho espacio no pueda ser utilizado para transportar otros fletes.
“Pies cúbicos” serán determinados multiplicando Largo, Ancho y Alto en su mayor dimensión en el espacio de Ocupación Efectiva (Como se explica en este documento). Dichas dimensiones se multiplican utilizando pulgadas y el resultado se divide entre 1728 pulgadas cúbicas (Un pie cúbico). Toda fracción menor a media pulgada, será eliminada. Toda fracción mayor a media pulgada será elevada a la siguiente pulgada.
Embarque Prioritario (Embarque con Bandera Roja): Se refiere a un embarque identificado como urgente, pero sin una tarifa de garantía. Se hará todo lo posible para entregar el embarque de manera urgente, pero no hay una garantía en cuanto a la fecha de entrega.
Flete: Cualquier mercancía que sea transportada.
Carta de Instrucciones: Documento de embarque en el cual se describe lo que se transporta, el peso, los cargos totales, impuestos y especifica si el flete es prepagado o deberá pagarse a su entrega. Si el flete es prepagado, los cargos por el envío son cubiertos por el embarcador. Si es con cargo a al momento de la entrega, dicho cargo será pagado por el consignatario o por un tercero.
Camión Completo: Este término se utiliza cuando un camión completo es ocupado por un solo embarcador.
Capacidad Visible Completa: Es definida como la cantidad de mercancía, que en la manera de ser cargada, llena el trailer de forma que no se le puede agregar ninguna mercancía adicional, idéntica en tamaño, a la pieza mas grande cargada en el trailer; o es la máxima cantidad de mercancía que puede ser cargada legalmente en el trailer debido a limitaciones de peso.
Embarque Liberado: Un embarque no puede ser liberado de la última terminal (o de frontera en su caso) hasta no ser liquidado en su totalidad. Embarques, donde el cliente al que se factura mantiene una linea de crédito abierta serán liberados automáticamente.
Embarque Liberado Con Caución: Bajo circunstancias extraordinarias se podría liberar con caución un embarque. Esto es, que se libera de su última terminal (o de frontera en su caso), pero no se entrega en destino hasta no ser liquidado en su totalidad.
Embarque Garantizado: Se le denomina al embarque por el cual se pagá una tarifa más elevada para garantizar su entrega a una fecha determinada, ya que, de otra forma la entrega se realizará sin cargo alguno (En caso que sea entregado después de la fecha acordada como garantizada)
Material Peligroso: Los Materiales Peligrosos son determinados por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos, de acuerdo con la Ley Federal de Materiales Peligrosos. Un material o sustancia puede ser designado como peligroso si la transportación de dicho material en determinado volumen y / o forma pone en riesgo la salud, la seguridad y la propiedad. Puede considerarse como Materiales Peligrosos los siguientes materiales: explosivos, material radioactivo, agentes patógenos, líquidos o sólidos combustibles o inflamables, venenos, materiales corrosivos u oxidantes y gases comprimidos. Para más información, consulte la página del Departamento de Transporte de los Estados Unidos:
http://hazmat.dot.gov
Carga Consolidada: Se le llama al flete compuesto de varios embarques provenientes de diferentes embarcadores. Cada embarque por lo general pesa menos de 10,000 libras.
Cargo Mínimo: La tarifa más baja que se aplicará a algún embarque una vez hechos los descuentos o ajustes necesarios.
Clasificación Nacional para Vehículos de Carga: Tarifas estándar para la industria del autotransporte publicadas por los transportistas. En este documento se especifican reglas, descripciones y tarifas para todo tipo de mercancías. Se usa para clasificar el tipo de flete en la Carta de Instrucciones. Más información acerca de los distintos tipos de clasificaciones puede ser encontrada en la siguiente página:
www.nmfta.org.
Términos de Pago: Generalmente, el embarcador es el responsable del pago para fletes prepagados y el consignatario lo será en el caso de fletes por cobrar. Los pagos también pueden ser efectuados por un tercero, el cual se indicará en la documentación del embarque. Es importante notar que si quien paga la factura no cuenta con linea de crédito establecida, la factura deberá de ser liquidada antes de que la mercancía sea enviada de la frontera o de la ultima bodega en el trayecto a destino final.
Número PRO: Es el número que se asigna a cada embarque y sirve como número para rastrear envíos.
Tarifario: Tarifas generales de nuestros servicios
Reglas de las Tarifas: Reglas que rigen nuestras tarifas para nuestros servicios.
Términos y Condiciones: Términos y condiciones que rigen los servicios ofrecidos.
Términos del Tarifario: Términos y condiciones que rigen las tarifas generales de nuestros servicios.
Documentación de embarque: Se le denomina a todos los documentos que acompañan al embarque durante su viaje. Visite nuestra biblioteca de formas para consultar las formas requeridas.